miércoles, 10 de septiembre de 2014

En proceso, demandas contra cobro del DAP en Torreón


POR: YOLANDA RÍOS / EL SIGLO DE TORREÓN / TORREÓN
EL TESORERO AFIRMA QUE SE CUENTA CON EL FUNDAMENTO LEGAL
Hay nueve demandas de amparo contra el cobro del
 Derecho de Alumbrado Público (DAP) por parte del municipio.




Empezaron a presentarse hace dos meses, pero están en proceso y hasta ahora ninguna ha prosperado, según el tesorero municipal Enrique Mota Barragán.
Las demandas fueron presentadas por ciudadanos en lo particular ante el Juzgado Segundo de Distrito en La Laguna.
"No se ha tenido ninguna resolución del juez federal relacionada con las demandas de los ciudadanos inconformes”.— ENRIQUE MOTA, Tesorero Municipal
"Hasta ahora no se ha tenido ninguna resolución del juez federal relacionado con las demandas de los ciudadanos inconformes".
Las demandas de los ciudadanos son porque aseguran que el Municipio no debe cobrar el Derecho de Alumbrado Público (DAP) y que es una atribución de autoridades federales.
"Aquí nuestro posicionamiento es que nosotros no lo cobramos, sino la CFE, que es una dependencia federal".
El otro argumento es que el Municipio sí puede hacerlo, de acuerdo con el Código Financiero y la Ley de Ingresos que indica los topes de pago.
En Torreón, usuarios domésticos, comerciales e industriales pagan 70 pesos como máximo al mes.
En los recibos domiciliarios domésticos que llegan cada dos meses a los usuarios, "aparece la leyenda del cobro del DAP a razón de 140 pesos o menos".
Este tipo de cobro fue precisamente por resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en donde se determinó dicha cantidad como máximo para usuarios domésticos, comerciales e industriales.
Bajo este acuerdo de la SCJN, paga lo mismo de DAP una vivienda en una colonia que una empresa en una zona industrial.
Lo que la CFE cobra obligatoriamente a los usuarios por concepto del DAP, a través de los recibos, no lo entrega al Municipio sino que se lo queda como parte de la factura mensual por alrededor de 8 millones de pesos que cobra a la Tesorería Municipal por el servicio de alumbrado público de vialidades, colonias, parques, edificios públicos, escuelas, entre otros.
Algunos grupos de ciudadanos, han señalado que no es constitucional que el Municipio cobre el DAP pues no es de su competencia.
Pero Mota Barragán expresa que "tenemos fundamento legal como es la Ley de Ingresos que aprueba anualmente tanto el Cabildo, que es la máxima autoridad en el Municipio, y lo avala además el Congreso del Estado con la publicación de la ley".

Casos pendientes

Son nueve amparos los que aún no se han resuelto.
⇒ Ciudadanos presentaron demandas de amparo contra el municipio.
⇒ Consideran que no es constitucional que se cobre el DAP.
⇒ Autoridades afirman que está autorizado en el Código Financiero y la Ley de Ingresos.
El cobro lo hace la CFE mediante los recibos por consumo que envía a las casas, empresas e industrias.

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