lunes, 6 de octubre de 2014

Consignan a Beltrán Leyva por portación de arma de fuego

POR: EL UNIVERSAL/ MÉXICO, DF.
El Ministerio Público de la Federación consignó desde el pasado viernes por la tarde a Héctor Manuel Beltrán Leyva y Germán Goyeneche Ortega, y en la primera fase del proceso, el primero se reservó su derecho a declarar y no pidió la duplicidad del término, por lo que se prevé que en las próximas horas se defina su situación jurídica.








En el caso de Goyeneche Ortega, el juzgado tercero de distrito en materia de procesos penales federales, con residencia en Toluca, exhortó al juzgado federal en la misma materia pero con sede en Puente Grande, Jalisco, para recabar la declaración preparatoria, o bien informar esta situación a fin de definir la situación jurídica de este personaje.
El pasado 3 de octubre, el agente del Ministerio Público de la Federación consignó la averiguación previa PGR/SEIDO/UEIDCS/476/2014, con la que ejerció acción penal contra Beltrán Leyva y Goyeneche Ortega.
Los presuntos responsables quedaron a disposición de juez federal en internamiento en el Centro Federal de Readaptación Social Número Uno "Altiplano", en Almoloya de Juárez, Estado de México, Beltrán Leyva; y en el Centro Federal de Readaptación Social Número Dos "Occidente", con sede en Puente Grande, Jalisco, a Goyeneche Ortega.
A Beltrán Leyva se le imputa su presunta responsabilidad en el delito de Portación de arma de fuego sin licencia, previsto en el artículo 9, párrafo primero, fracción I, en relación al diverso 24 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en concomitancia con el 13, fracción II, del Código Penal Federal, y sancionado en el artículo 81 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
A Goyeneche Ortega se le imputa su presunta responsabilidad en los delitos de portación de arma de fuego del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, previsto.
Delitos previstos en el artículo 11, inciso b), de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en relación con el 13, fracción II, del Código Penal Federal, y sancionado en el artículo 83, fracción II, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; y Posesión de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, en cantidades mayores a las permitidas, previsto en el artículo 11, inciso b), de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en relación con el numeral 13, fracción II, del Código Penal Federal y sancionado en el artículo 83 Quat, fracción I, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
Para recabar la declaración preparatoria de Goyeneche Ortega se giró exhorto al Juzgado de Distrito de Procesos Penales Federales en turno en el Estado de Jalisco, con residencia en Puente Grande.

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