miércoles, 25 de marzo de 2009

Prescribe orden de aprehensión contra Manuel Muñoz Rocha

Queda libre de cargo por el asesinato de José Francisco Ruiz Massieu


Alfredo Méndez

La Procuraduría General de la República (PGR) perdió en definitiva un juicio que inició hace 16 años para castigar a los autores intelectuales del asesinato de José Francisco Ruiz Massieu, ocurrido el 28 de septiembre de 1994 en la ciudad de México, en un caso de magnicidio que cimbró la vida política del país.

Ayer, mediante una resolución que ya es inatacable, un tribunal unitario del primer circuito confirmó la prescripción de la orden de aprehensión en contra del ex diputado federal Manuel Muñoz Rocha, considerado por las autoridades mexicanas como el eslabón perdido de la investigación que se abrió para esclarecer los motivos reales que llevaron a esta ejecución.

Fuentes gubernamentales revelaron a La Jornada que con esta resolución el ex legislador tamaulipeco se libró en definitiva del cargo de homicidio calificado y ya puede pisar libremente territorio mexicano.

“Primero. Hoy 20 de febrero de 2009 se decreta la prescripción de la acción penal intentada en contra de Manuel Muñoz Rocha por su probable responsabilidad en el homicidio de José Francisco Ruiz Massieu.

“Segundo. Se cancela la orden de aprehensión de 7 de octubre de 1994 librada en contra (del ex legislador priísta).

Tercero. Se decreta el sobreseimiento de la causa penal 71/94 respecto de Muñoz Rocha, mismo que al causar estado surtirá los efectos de sentencia absolutoria con valor de cosa juzgada, puntualiza una resolución emitida hace un mes por el juzgado octavo de procesos penales federales, que ayer fue confirmada por el primer tribunal unitario.

Muñoz Rocha es el centro de este caso, pero desapareció al día siguiente del asesinato de Ruiz Massieu, y desde entonces nada se sabe de él. Muchas han sido las versiones respecto de que el priísta había sido visto con vida entre 1994 y 2003.

Un oficio de la cancillería mexicana dirigido el 30 de noviembre de 1994 a la PGR por Juan Manuel Gómez Robledo, secretario particular del entonces titular de Relaciones Exteriores, Manuel Tello Macías, informó al procurador Antonio Lozano que fiscales estadunidenses tenían ubicado al abogado Enrique Fuentes León, quien enfrentaba en México una orden de captura.

En ese documento se informaba que el entonces cónsul general de México en San Antonio, Texas, Humberto Hernández Haddad, le había notificado por escrito al canciller mexicano sobre la presencia de Muñoz Rocha en esa ciudad, dos meses después del asesinato.

Otro de los supuestos autores intelectuales de este caso ya está libre. En junio de 2005, Raúl Salinas de Gortari, acusado originalmente de ser el ex funcionario dentro del gobierno mexicano que ordenó a Muñoz Rocha planear, organizar y dirigir el asesinato de Ruiz Massieu, fue liberado de prisión (permaneció 3 mil 758 días en la cárcel) tras ser absuelto por otro tribunal federal del mismo cargo de homicidio.

De esta forma, el Ministerio Público Federal ya no tiene forma de sancionar a los dos personajes políticos que durante más de dos décadas consideró autores intelectuales del crimen.

En los 16 años de litigio, la dependencia federal sólo consiguió condenar en grado de autores materiales a Daniel Aguilar Treviño –el sicario que ultimó a balazos a Ruiz Massieu–, a los hermanos Fernando y Jorge Rodríguez González, así como a Carlos Cantú Narváez. Los dos primeros contrataron los servicios del pistolero y el último le proporcionó el arma.

La hipótesis que desde un inicio sostuvo la PGR fue que el móvil del homicidio –basándose fundamentalmente en las declaraciones ministeriales que hizo Fernando Rodríguez, el principal acusador y quien presuntamente fue sobornado con 500 mil dólares por el ex fiscal Pablo Chapa para que responsabilizara del crimen a Raúl Salinas–, fue que Ruiz Massieu pretendía impulsar una serie de reformas políticas que afectarían el proyecto salinista y con las que Muñoz Rocha no estaba de acuerdo.

Según las dos autoridades judiciales que firmaron esta resolución, el delito de homicidio calificado que de manera indiciaria se imputaba a Muñoz Rocha prescribió el pasado 20 de febrero, cuando se cumplieron 14 años, cuatro meses y 13 días de que se libró la orden de captura.

Si el citado delito contempla una pena de ocho a 20 años de prisión, y la acción penal prescribirá conforme al término medio aritmético de la pena privativa de libertad, el ilícito de homicidio en análisis prescribirá a los 14 años de haberse librado el mandamiento de captura de fecha 7 de octubre de 1994, puntualiza el fallo.

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