miércoles, 4 de febrero de 2009

Dictamen de la Corte ratifica las graves violaciones a la ley cometidas en Atenco

■ Concluye que el uso de la fuerza pública fue desproporcionado, ineficiente e irresponsable

Jesús Aranda


En San Salvador Atenco, estado de México, fueron gravemente violadas garantías individuales y derechos constitucionales a la vida, la integridad de la persona, libertad sexual, no discriminación por género, inviolabilidad del domicilio, libertad personal, debido proceso, trato digno de los detenidos y el derecho a la justicia, indica el dictamen elaborado por el ministro instructor de la corte José de Jesús Gudiño Pelayo.
Al darse a conocer ayer la versión abierta –sin datos personales o confidenciales de las víctimas, autoridades y policías que estuvieron involucrados en los hechos violentos ocurridos los días 3 y 4 de mayo de 2006–, el documento sostiene que el uso de la fuerza pública por parte de la policía del estado de México y de la Policía Federal Preventiva (PFP) fue ejecutada “de manera excesiva, desproporcionada, ineficiente, improfesional e indolente”, y que, por tanto, el Estado utilizó a las corporaciones policiacas de manera irresponsable y arbitraria.
El documento de 924 cuartillas que incluye fotografías y gráficas de los hechos, cuestiona la actuación del gobierno del estado de México, encabezado por Enrique Peña Nieto, y de la PFP, cuyo titular era el actual procurador Eduardo Medina Mora, por no haber cumplido con su obligación de investigar las agresiones y violencia sexual en contra de los detenidos y por no haber actuado penalmente en contra de los responsables.

La actuación de las autoridades, añade, resulta negativa “pues infunde desconfianza en el Estado y temor en los cuerpos de seguridad pública”. “Desconfianza y miedo que, a su vez, es terreno fértil para la inseguridad, la injusticia y la impunidad, porque quien no cree en sus policías, en sus instituciones de seguridad pública, no denunciará ilícitos y, menos aún, colaborará con la autoridad para evitarlos o esclarecerlos”.

Lo cual, enfatiza, se traduce en impunidad e inseguridad que a todos nos afecta, además de que “inhibe la expresión de protesta, totalmente válida –cuando se ejerce sin violencia, en el marco de la ley– en un país que se precia de ser democrático y respetuoso de las libertades del hombre, entre ellas, la libertad de expresión”.

Gudiño señala que las agresiones perpetradas “resultan graves y muy lamentables, considerando el trasfondo histórico que el uso de la fuerza tiene en nuestro país, y las negativas consecuencias que esto pudiera acarrear en un futuro próximo”.

Los hechos, subraya, dan motivo a que se reafirme un sentir colectivo que rechaza y reprueba en términos absolutos el uso de la fuerza, “cuando lejos de ello, es no sólo una facultad que le asiste, sino a veces incluso un deber hacerlo”.

El documento destaca que si bien era justificado el uso de la fuerza para desalojar la carretera Texcoco-Lechería, la falta de protocolos en el uso de ésta y las omisiones en que incurrió la autoridad al no vigilar la actuación de los uniformados, derivaron en la violación de los derechos de las víctimas. Por ello, convocó a los poderes Legislativo y Ejecutivo a reglamentar el uso de la fuerza pública para evitar que se repitan este tipo de situaciones.

Asimismo, advierte que “de nada sirve que se reconozcan, en leyes, en tratados, en discursos, que nuestro país admite y respeta los derechos humanos, si cuando son violados, en este caso por agentes del Estado, amén de que no haya sido por orden institucional, las violaciones quedan impunes y a las víctimas no se les hace justicia”, porque no se toman las medidas necesarias para que los responsables sean identificados y reprimidos.

El ministro, cuyo dictamen será discutido en sesión pública el próximo 9 de febrero, se desmarca en dos aspectos únicamente de la recomendación que emitió en su momento la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en cuanto a la violación de garantías de los menores de edad que fueron trasladados a un penal para adultos y del joven que murió a consecuencia de un disparo. Gudiño señala que en cuanto a los jóvenes, éstos fueron enviados al Consejo para Menores en un tiempo razonable y que no existen, por otra parte, elementos que demuestren que el disparo provenía del arma de un policía.

Por lo demás, el dictamen concluye que en este asunto se complementaron las atribuciones que tiene la CNDH y la propia Corte para investigar violaciones graves a las garantías individuales.

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