miércoles, 27 de marzo de 2013

Cofepris deberá informar posibles daños a la salud de antenas de telecomunicaciones

 


El Ifai instruyó a la comisión buscar estudios, dictámenes o cualquier otro documento relacionado con el tema.

Alma E. Muñoz
Publicado: 27/03/2013 11:45


México, DF. El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (Ifai) instruyó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) buscar y, en caso de localizar la información, entregar los estudios, dictámenes o cualquier otro documento relacionado con los posibles daños a la salud que puede ocasionar la exposición a antenas de telecomunicaciones, como celular, servicio telefónico, radiofrecuencias, entre otras.
En un comunicado, el Ifai informó que la Copefris no cumplió el procedimiento exhaustivo de búsqueda de la información que sobre el tema le requirió un particular, por lo cual el pleno del instituto revocó la respuesta que inicialmente dio a la solicitud que le fue presentada.
Mediante una solicitud de acceso a información pública, un ciudadano requirió estudios, dictámenes o cualquier documento relacionado con los daños que puede provocar una antena de telecomunicaciones que se encuentre instalada en una zona habitacional o colonia.
La Cofepris, por conducto de la Comisión de Evidencia y Manejo de Riesgos, le proporcionó, en respuesta, dos vínculos electrónicos de publicaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el tema, sin especificarle si cuenta en su haber con la información requerida o no, lo que originó la inconformidad del solicitante, quien presentó ante el Ifai un recurso de revisión.
Al revisar el caso, el comisionado ponente, Ángel Trinidad Zaldívar, advirtió que la Cofepris, junto con el Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional, así como la Comisión Federal de Telecomunicaciones participaron en la elaboración del anteproyecto de la Norma Oficial Mexicana NOM-126-SCT1-SSA1-2012M, que tendrá por objeto establecer límites máximos de exposición para seres humanos cercanos a emisores de campos electromagnéticos en el entorno de radiocomunicaciones.
Y que si bien la norma no ha sido publicada, “se advierte que la Coordinación General Jurídica y Consultiva (de la Cofepris), al ser el área encargada de coordinar la aprobación y publicación de las normas oficiales mexicanas pudiera contar con algún otro documento relacionado con los posibles efectos a la salud que ocasione la exposición a antenas de telecomunicaciones”.
En ese sentido, y en razón de que la solicitud no fue turnada a esa unidad administrativa, es que el Ifai determinó que la Cofepris no cumplió con el procedimiento exhaustivo de búsqueda, previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y su Reglamento.
Por lo tanto, consideró procedente revocar la respuesta de la dependencia e instruirle a que realice una nueva búsqueda de la información, en la que no podrá omitir a la Coordinación General Jurídica y Consultiva, a fin de que identifique algún documento adicional a los entregados al particular en los vínculos relacionado con los posibles efectos a la salud que ocasione la exposición a antenas de telecomunicaciones.

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