viernes, 12 de agosto de 2011

Cateos vulneran las garantías constitucionales: CNDH

En las recomendaciones generales, gira instrucciones a elementos policiales e integrantes de las Fuerzas Armadas para eliminar en forma inmediata estas prácticas.

Notimex
Publicado: 12/08/2011 09:39


México, DF. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dio a conocer la Recomendación General 19, sobre la práctica de cateos ilegales o intromisiones domiciliarias contrarias a lo establecido en el Artículo 16 de la Constitución.

El documento, publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación, señala el impulso de reformas ante las respectivas legislaturas para que se tipifiquen como delito las conductas de allanamiento y las de ordenar o practicar cateos ilícitos.

En las recomendaciones generales, gira instrucciones a los elementos policiales e integrantes de las Fuerzas Armadas para eliminar en forma inmediata estas prácticas y que se sujeten a los requisitos exigidos en dicho precepto constitucional.

La CNDH pide impulso a una adición al Código Federal de Procedimientos Penales y estatales de las disposiciones que prevén el procedimiento de solicitud, expedición y ejecución de orden de cateo y las reformas necesarias, a fin de que el documento en que obre dicha orden otorgue certeza jurídica.

Así como las modificaciones necesarias que regulen la obligación de solicitud de órdenes de cateo, en los casos en que se utilicen medios tecnológicos de cualquier naturaleza que invadan la privacidad de los domicilios.

También pide que se efectúen campañas de difusión e información en medios de alto alcance para reforzar el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio, así como las garantías que se tienen al declarar como testigo en un proceso.

El organismo refiere que debe enfatizarse el derecho a la inviolabilidad del domicilio y los requisitos constitucionales para realizar un cateo, en los cursos de capacitación, actualización de los servidores públicos, a fin de que los cateos se realicen con pleno respeto a lo ordenado por la Constitución.

Asimismo, señala que la recomendación de carácter general no requiere aceptación por parte de las instancias destinadas; sin embargo, solicita que las pruebas correspondientes de su cumplimiento se envíen a la CNDH dentro de 30 días hábiles siguientes a su emisión.

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