Presentarán objeción ante juez; piden a la SCJN ejercer facultad de
atracción
Manuel Peimbert, Luis Villoro, Fernando del Paso y Vicente
Rojo están entre los firmantes de una misiva enviada a la Suprema Corte, en la
que informan su decisión de impugnar la reforma energética, al señalar que fue
aprobada sin reflexiónFoto Cristina Rodríguez, Héctor Jesús
Hernández y José Antonio López
José Emilio Pacheco, Soledad Loaeza, Hugo Gutiérrez Vega y
Paul Leduc también firman la cartaFoto Yazmín Ortega Cortés,
José Carlo González, Guillermo Sologuren y Cristina Rodríguez
De la redacción
Periódico La Jornada
Jueves 16 de enero de 2014, p. 13
Jueves 16 de enero de 2014, p. 13
En una carta enviada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN), un grupo plural de 23 ciudadanos que han recibido el Premio Nacional de
Ciencias y Artes, independientes de los partidos políticos, informaron su
decisión de impugnar el decreto de reforma constitucional en materia energética
El grupo pide que la Suprema Corte ejerza la facultad de atracción, por
tratarse de un caso en el que subyace una cuestión de inconstitucionalidad.por violaciones gravesal procedimiento con que se aprobó.
En la misiva advierten que con los procedimientos utilizados para asegurar la
irreflexivaaprobación de esta reforma, se prefiguran formas de ejercicio del poder público que dañan a la sociedad y hacen retroceder peligrosamente a México a los tiempos del autoritarismo que se consideraban ya superados.
Integran la lista de los firmantes: Manuel Peimbert, Luis Villoro, Manuel Felguérez, Vicente Rojo, Fernando del Paso, José Emilio Pacheco, Sergio Pitol, Federico Silva, Margit Frenk, Vicente Leñero, Margo Glantz, José Alberto Manrique, Graciela Iturbide, Felipe Cazals, Hugo Hiriart, Soledad Loaeza, Lorenzo Meyer, José Agustín, Jorge Fons, Oscar Chávez, Hugo Gutiérrez Vega, Paul Leduc y Javier Álvarez.
Texto íntegro de la carta
A la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
A la opinión pública:El pasado 20 de diciembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto que reforma los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia energética; esos cambios afectarán en gran medida a la sociedad y a los ciudadanos mexicanos de hoy y del futuro.
Entre otros puntos cuestionables, dichos cambios adolecen de un grave vicio de origen, ya que fueron votados con enorme premura por los legisladores federales y estatales, sin darse siquiera el tiempo necesario para efectuar el análisis indispensable para una reforma de tal trascendencia, y en algunos casos ni siquiera para leerlos, llegando a constituir un contrasentido de tener parlamentos sin parlamento y sin, por otra parte, proporcionar información clara y veraz a los ciudadanos que somos los principales afectados.
Considerando inconstitucionales tales procedimientos, un grupo independiente,
diverso y plural, integrado por ciudadanos que hemos recibido el Premio Nacional
de Ciencias y Artes e independientes de todos los partidos políticos, hemos
decidido impugnar el decreto de la reforma constitucional energética, ante un
juez federal, por violaciones graves al procedimiento de reforma constitucional,
cuyas bases están previstas en el artículo 135 de la propia Carta Magna.
Por ello, acudimos a un amparo de doble instancia, con el objeto de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerza la facultad de atracción que le concede el artículo 40 de la Ley de Amparo, por tratarse de un caso en el que subyace una cuestión de constitucionalidad, a fin de que se pronuncie, con plena jurisdicción, en torno a la sustancia de nuestro recurso de amparo.
Más allá de su contenido y de sus efectos en la soberanía nacional, la economía, la vida política y la cultura de nuestro país, sostenemos que con procedimientos como los realizados para asegurar la irreflexiva aprobación de la reforma energética, se prefiguran formas de ejercicio del poder público que dañan a la sociedad y hacen retroceder, peligrosamente, a México a los tiempos del autoritarismo que dábamos por superados.
Procede recordar, por ser un precedente ineludible, que la Corte a quien hoy nos dirigimos, declaró inválidos en noviembre de 2008 varios decretos legislativos promulgados en el estado de Colima por
Por ello, acudimos a un amparo de doble instancia, con el objeto de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerza la facultad de atracción que le concede el artículo 40 de la Ley de Amparo, por tratarse de un caso en el que subyace una cuestión de constitucionalidad, a fin de que se pronuncie, con plena jurisdicción, en torno a la sustancia de nuestro recurso de amparo.
Más allá de su contenido y de sus efectos en la soberanía nacional, la economía, la vida política y la cultura de nuestro país, sostenemos que con procedimientos como los realizados para asegurar la irreflexiva aprobación de la reforma energética, se prefiguran formas de ejercicio del poder público que dañan a la sociedad y hacen retroceder, peligrosamente, a México a los tiempos del autoritarismo que dábamos por superados.
Procede recordar, por ser un precedente ineludible, que la Corte a quien hoy nos dirigimos, declaró inválidos en noviembre de 2008 varios decretos legislativos promulgados en el estado de Colima por
no cumplir con los principios democráticos que sustentan la forma de gobierno, al ser resultado de un proceso sumario en el que los legisladores no tuvieron tiempo para su real revisión y análisis, como es el caso para la reforma que hoy impugnamos.
Que todo el que se queje con justicia tenga un tribunal que lo escuche, lo ampare y lo defienda contra el arbitrario. José María Morelos y Pavón
No hay comentarios:
Publicar un comentario