martes, 7 de enero de 2014

Ilegal, nombramiento de director de Tránsito

Guillermo Enrique Flores Sánchez


Por: EL SIGLO DE TORREÓN/ SALTILLO
GUILLERMO FLORES ESTÁ IMPEDIDO POR LEY PARA EJERCER UN CARGO PÚBLICO
 
Guillermo Enrique Flores Sánchez fue nombrado el jueves dos de enero director de Tránsito y Vialidad de Torreón a pesar de que está impedido para ejercer cualquier cargo público.

En diciembre de 2012 Flores Sánchez fue dado de baja como director regional de la Policía Operativa del Estado de Coahuila por reprobar los exámenes de control y confianza.

 
"Esa persona (Guillermo Flores), está dada de baja porque no pasó los exámenes, por lo que no se le puede asignar (a) ningún puesto, mucho menos en materia de seguridad", informó el comisionado estatal de Seguridad Pública, Ricardo Aguirre Cuéllar.
Los exámenes consisten en pruebas toxicológicas, médicas, socioeconómicas, psicológicas y poligráficas.
Aguirre Cuéllar no especificó cuál o cuáles de las pruebas no acreditó Guillermo Flores.
De acuerdo a los lineamientos del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), cualquier elemento que haya reprobado estos exámenes no puede acceder a ningún puesto público.
En el artículo 88 de la Ley General del SNSP se establece que para ingresar a una institución policial es requisito "aprobar los procesos de evaluación de control de confianza" y "no estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público".
Cada vez que un elemento de seguridad es dado de baja, su perfil ingresa automáticamente al sistema denominado Plataforma México, el cual detalla sus características en el ámbito laboral y el motivo de su baja.
Al ser publicado éste último, no se le permite su reingreso a la corporación, ni su ingreso a otra situada en cualquier estado de la República Mexicana.
Antes de ser dado de baja, Flores estuvo 34 años en servicio, en la Procuraduría General de la República, el Centro de Investigación y Seguridad Nacional y en la Dirección de la Policía Operativa Estatal.


Requisitos

Entre los requisitos para ingresar a una institución policial que se mencionan en el Artículo 88 de la Ley del SNSP están: ⇒ Aprobar los procesos de evaluación de control de confianza.
No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público.
FUENTE: LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

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